Art. 1

En vigor desde 15 nov 2017
Se regula la organización y gestión compartida de servicios generales y comunes entre el Ministerio de Economía, Industria y Competitividad, en su condición de ministerio de adscripción, y la Agencia Estatal de Investigación en los términos establecidos en este real decreto. La organización y gestión compartida de los servicios comunes objeto de este real decreto se coordinará por la Subsecretaría del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad y se llevará a cabo sin detrimento de los servicios que, en cumplimiento de sus funciones, la Subsecretaría de Economía, Industria y Competitividad debe prestar a sus órganos o entidades dependientes.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2017/10/27/932#art-1

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil