Art. Disposición final segunda

En vigor desde 1 nov 2017
El presente real decreto se dicta al amparo del artículo 149.1.13.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva para dictar las bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica.
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eli/es/rd/2017/10/27/930#disposicion-final-segunda

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