Art. Artículo único
En vigor desde 1 sept 1988
Se aprueba el Reglamento de la Administración Pública del Agua y de la Planificación Hidrológica, que desarrolla los títulos II y III de la Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas, que figura como anexo al presente Real Decreto.
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Proeli/es/rd/1988/07/29/927#articulo-unico