Capítulo CAPÍTULO VII

Art. 20

En vigor desde 10 jun 2012
Podrá ser objeto de exención total o parcial el módulo de formación práctica del ciclo de grado superior en Esgrima, en función de su correspondencia con la experiencia en el ámbito deportivo o laboral, detallada en el anexo IX.
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eli/es/rd/2012/06/08/912#art-20

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