Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO V

Art. 51

En vigor desde 30 oct 2025
El análisis coste-beneficio recogido en el artículo 15.1 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, con el objeto de acreditar la procedencia de ejecutar de una actuación y la inexistencia de alternativas más económicas y eficientes, deberá incluir: a) Un estudio de rentabilidad económica, social y ambiental del estudio o proyecto de carreteras. Este análisis se realizará de acuerdo con la metodología que se apruebe. b) Un estudio de viabilidad financiera del estudio o proyecto de carreteras, en su caso.
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eli/es/rd/2025/10/09/899#art-51

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