Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO III

Art. 28

En vigor desde 30 oct 2025
1. De acuerdo con lo establecido en el artículo 11 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, los estudios de carreteras pueden ser de los siguientes tipos: estudio previo, estudio informativo, anteproyecto, proyecto básico o de trazado, proyecto de construcción, documento final de obra y estudio de delimitación de tramos urbanos. 2. Los estudios de carreteras citados constarán como mínimo de los documentos y contenidos establecidos en los artículos 29 a 35, ambos inclusive, que en todo caso deberán ser suficientes para el cumplimiento de su función propia.
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eli/es/rd/2025/10/09/899#art-28

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