Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO XII

Art. Disposición final cuarta

En vigor desde 30 ago 2009
Se autoriza al Ministro de Industria, Turismo y Comercio a dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y aplicación de este real decreto.
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eli/es/rd/2009/05/22/899#disposicion-final-cuarta

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