Libro REGLAMENTO DE LA LEY 38/2003, DE 17 DE NOVIEMBRE, GENERAL DE SUBVENCIONES›Título TÍTULO PRELIMINAR›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 4.ª Publicidad
Art. 30
En vigor desde 19 abr 2019
La publicidad de las subvenciones se realizará de acuerdo con lo establecido para la publicidad de subvenciones y ayudas públicas de la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
Se modifica por la disposición final 1.4 del Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo. Ref. BOE-A-2019-4671#df
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2006/07/21/887#art-30