Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 3.ª Servidumbre de acceso al mar

Art. 56

En vigor desde 12 oct 2014
Las competencias atribuidas a la Administración General del Estado en esta sección corresponden al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. Los terrenos expropiados se incorporarán al dominio público marítimo-terrestre.
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eli/es/rd/2014/10/10/876#art-56

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