Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 3.ª Servidumbre de acceso al mar
Art. 56
61 / 271En vigor desde 12 oct 2014
Las competencias atribuidas a la Administración General del Estado en esta sección corresponden al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. Los terrenos expropiados se incorporarán al dominio público marítimo-terrestre.
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Proeli/es/rd/2014/10/10/876#art-56