Art. 9
En vigor desde 15 jul 2007
1. El procedimiento de concesión de las subvenciones establecidas en este real decreto, que se tramitarán en régimen de concurrencia competitiva, se ajustará a las previsiones de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a lo establecido en este real decreto y a las normas de procedimiento y bases reguladoras que dicten las administraciones competentes, de acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional cuarta de esta norma.
2. Las solicitudes de subvención se presentarán en la forma y plazos que se establezcan por la administración competente en las correspondientes bases reguladoras y convocatorias.
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Proeli/es/rd/2007/07/02/870#art-9