Art. Disposición adicional primera
En vigor desde 13 oct 2022
La persona aspirante a adquirir la condición de personal funcionario de carrera en la categoría de Inspector o Inspectora por oposición libre, que tuviera aplazado el curso o el módulo de formación práctica en el proceso selectivo para el ingreso en la categoría de Policía, causará baja de oficio en el citado proceso selectivo en el momento en el que adquiera la condición de personal funcionario de carrera en la categoría de Inspector o Inspectora, quedando sin efecto el aplazamiento que tuviera concedido.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2022/10/11/853#disposicion-adicional-primera