Capítulo CAPÍTULO VI

Art. 20

En vigor desde 28 feb 2018
1. La declaración responsable, que deberá estar firmada por el titular de la actividad o su representante legal, se presentará preferentemente por vía electrónica a través de la sede electrónica de la AEMPS o, en su defecto, en su registro general o en cualquiera de los demás lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. No obstante, las personas jurídicas deberán presentarla en todo caso por medios electrónicos, de acuerdo con el artículo 14.2 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre. Dicha declaración, en la que figurarán todos los datos exigidos en los apartados 1 y 2 del artículo 19, se acompañará del documento acreditativo del pago de la tasa correspondiente. 2. No se considerarán presentadas las declaraciones responsables que no se encuentren firmadas por el titular o su representante legal o que, de conformidad con lo establecido en el artículo 125.2 del texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, no vayan acompañadas del documento acreditativo del pago de la tasa. 3. Las personas físicas y jurídicas que hayan presentado la declaración responsable podrán iniciar las actividades de fabricación y/o de importación de productos cosméticos desde la fecha de su presentación, sin perjuicio de las facultades de comprobación y verificación por la AEMPS de conformidad con los artículos siguientes. 4. En el caso de que una empresa vaya a realizar actividades de fabricación e importación presentará una sola declaración responsable en la que haga constar ambas actividades. 5. La modificación sustancial de la actividad, según lo dispuesto en el artículo 18.2, dará lugar a la presentación de una nueva declaración responsable que contenga la información prevista en los apartados 1 y 2 del artículo 19. 6. Cualquier otra modificación de los datos declarados, así como el cese de las actividades de fabricación e importación, deberá ser comunicado a la AEMPS por el titular o su representante legal, por los mismos medios a que se refiere el apartado 1.
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eli/es/rd/2018/02/23/85#art-20

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