Capítulo CAPÍTULO V
Art. 54
En vigor desde 23 mar 2018
Con independencia de las condiciones de carácter general para la solicitud de destinos, no podrán solicitar vacantes quienes hubieran sido condenados por sentencia firme a cualquiera de las penas de suspensión de empleo o cargo público, o de privación del derecho a la tenencia y porte de armas, hasta tanto las hubieren extinguido; o quienes se hallaren sujetos a cualquier medida de seguridad incompatible con el desempeño de sus cometidos profesionales.
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Proeli/es/rd/2017/09/22/848#art-54