Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 2.ª Solicitud de vacantes
Art. 20
En vigor desde 23 mar 2018
Las solicitudes de destino deberán presentarse dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación de la resolución para vacantes de libre designación, y en un máximo de un mes para el resto. Excepcional y motivadamente, podrá establecerse un plazo distinto.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2017/09/22/848#art-20