Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición final segunda

En vigor desde 29 nov 2015
Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.27.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia en materia de normativa básica sobre medios de comunicación, sin perjuicio de las facultades que en su desarrollo y ejecución correspondan a las comunidades autónomas.
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eli/es/rd/2015/09/28/847#disposicion-final-segunda

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