Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO II

Art. 46

En vigor desde 22 feb 1996
1. El jefe del departamento de actividades complementarias y extraescolares será designado por el director por un período de cuatro años. 2. La jefatura del departamento será desempeñada por un profesor con destino definitivo en el instituto, a propuesta del jefe de estudios. 3. El jefe del departamento de actividades complementarias y extraescolares actuará bajo la dependencia directa del jefe de estudios y en estrecha colaboración con el equipo directivo.
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eli/es/rd/1996/01/26/83#art-46

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