Art. 3
En vigor desde 31 may 2008
Anualmente se actualizarán los márgenes a los que se refieren los artículos 1.2, 2.2 y 2.3, teniendo en cuenta la evolución del índice de precios de consumo, la variación del producto interior bruto y el aumento de las ventas de las oficinas de farmacia.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2008/05/16/823#art-3