Art. Disposición derogatoria única

En vigor desde 8 dic 2009
1. Quedan derogados: a) El Código de la Circulación, aprobado por Decreto de 25 de septiembre de 1934. b) El Real Decreto 772/1997, de 30 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores. c) La Orden de 4 de diciembre de 2000, por la que se desarrolla el Capítulo III del Título II del Reglamento General de Conductores, aprobado por Real Decreto 772/1997, de 30 de mayo. d) La Orden INT/3452/2004, de 14 de octubre, por la que se establece la implantación progresiva del permiso de conducción en formato de tarjeta de plástico. e) La Orden INT/4151/2004, de 9 de diciembre, por la que se determinan los códigos comunitarios armonizados y los nacionales a consignar en los permisos y licencias de conducción. 2. Se derogan, asimismo, cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en este reglamento.
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