Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 3.ª Requisitos del procedimiento
Art. 23
En vigor desde 25 oct 2015
La apreciación del cumplimiento de los requisitos para la admisión del recurso incluidos en el artículo anterior corresponderá al Tribunal.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2015/09/11/814#art-23