Art. Disposición adicional segunda

En vigor desde 8 jul 2007
La aplicación de este real decreto no implicará aumento del gasto público.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2007/06/22/811#disposicion-adicional-segunda

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil