Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 14
En vigor desde 15 jul 2006
El título de graduado en educación secundaria establecido en la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, será equivalente, a todos los efectos, al título de graduado en educación secundaria obligatoria establecido en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2006/06/30/806#art-14