Art. 1
En vigor desde 27 abr 1986
Uno. El Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) es una Entidad de derecho público con la naturaleza prevista en el artículo 6.1.b), de la Ley 11/1977, de 4 de enero, General Presupuestaria, adscrita al Ministerio de Industria y Energía, a través de la Secretaría General de la Energía y Recursos Minerales.
Dos. El IDAE tiene personalidad jurídica y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines.
Tres. 1. El IDAE se rige por lo establecido en la disposición adicional vigésima primera de la Ley 46/1985, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1986, en el presente Estatuto y en las demás disposiciones legales de aplicación a las Sociedades estatales, sin que le sean de aplicación los preceptos de la Ley de Entidades Estatales Autónomas.
2. La asignación y control de subvenciones por el IDAE se regulará por sus disposiciones específicas.
Cuatro. Sin perjuicio de lo previsto en el número anterior, el IDAE ajustará sus actividades al ordenamiento jurídico privado.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1986/04/11/802#art-1