Art. Disposición final primera

En vigor desde 27 mar 2019
Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en los artículos 149.1.26.ª de la Constitución, que atribuye al Estado competencia exclusiva sobre el régimen de producción, comercio, tenencia y uso de armas y explosivos, y 149.1.10.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de comercio exterior.
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eli/es/rd/2019/02/22/78#disposicion-final-primera

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