Capítulo CAPÍTULO III
Art. 32
En vigor desde 1 ago 2017
Para cada una de las variedades incluidas en la clasificación de variedades de uva de vinificación se añadirán, en caso de tenerlas, las sinonimias que correspondan, siempre que estén recogidas en el Registro de Variedades Comerciales de Vid en España o en los catálogos o registros de los demás Estados Miembros de la Unión Europea.
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Proeli/es/rd/2017/07/28/772#art-32