Art. Nota inicial

En vigor desde 5 may 1993
Téngase en cuenta la Sección 5 del Capítulo V del Reglamento de Armas, aprobado por Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, relativa a "licencias a personal dependiente de las Fuerzas Armadas, de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y del Servicio de Vigilancia Aduanera". Ref. BOE-A-1993-6202#s5-3

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eli/es/rd/1981/04/10/768#nota-inicial-no

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