Art. Disposición adicional primera

En vigor desde 30 jul 2017
La Subsecretaría de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales, como órgano directivo de Departamento en el que se integran los servicios comunes, ejercerá las competencias propias de dichos servicios en el área de la Presidencia del Gobierno, en coordinación con la Secretaría General de la misma. La Ministra de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales elevará al Consejo de Ministros los acuerdos relacionados con el Plan anual de publicidad y comunicación institucional y con el informe anual de publicidad y comunicación.
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eli/es/rd/2017/07/28/766#disposicion-adicional-primera

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