Art. Disposición final primera
En vigor desde 18 jun 2010
En todo aquello no previsto en el presente real decreto, se estará a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en lo que le sea de aplicación.
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Proeli/es/rd/2010/06/04/751#disposicion-final-primera