Art. Disposición adicional única
DerogadoEn vigor desde 14 jul 2006
Se crea en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación el fichero de datos de transportistas de animales, derivados del Registro general regulado por el artículo 5 de este real decreto, con el contenido previsto en el artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, que se detalla en el anexo IV.
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Proeli/es/rd/2006/06/16/751#disposicion-adicional-unica