Art. Disposición adicional octava

En vigor desde 4 oct 2013
De conformidad con el apartado 6 de la disposición adicional undécima del texto refundido de la Ley de Aguas y su desarrollo en el título III del Reglamento de la Planificación Hidrológica, este Plan será actualizado y revisado antes del 31 de diciembre de 2015.
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eli/es/rd/2013/09/30/740#disposicion-adicional-octava

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