Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición final séptima
En vigor desde 10 oct 2022
En lo no previsto expresamente en este real decreto en materia de procedimientos será de aplicación lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, así como en el Real Decreto 98/2009, de 6 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Inspección Aeronáutica, cuando este resulte aplicable.
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Proeli/es/rd/2022/09/06/728#disposicion-final-septima