Capítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición final segunda

En vigor desde 28 ago 2025
El presente real decreto se dicta al amparo de la competencia exclusiva que atribuye al Estado el artículo 149.1.30.ª de la Constitución Española, para la regulación de las normas básicas para el desarrollo del artículo 27 de la Constitución, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en esta materia.
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eli/es/rd/2025/08/26/715#disposicion-final-segunda

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