Capítulo CAPÍTULO I

Art. 2

En vigor desde 1 mar 2017
1. El COIM es una Corporación de Derecho público, creada por Decreto de 5 de mayo de 1954, reconocida y amparada por el artículo 36 de la Constitución y regulada por la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales, por estos Estatutos, el Reglamento de Régimen Interior, el Código Deontológico, y otras normas de desarrollo de los mismos, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, teniendo competencia sobre sus colegiados en todo el territorio nacional. Se podrá considerar autoridad competente de acuerdo con lo previsto en la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, solamente en la medida en que así lo disponga la legislación de Colegios Profesionales y de profesiones reguladas. 2. El emblema del Colegio, conforme a lo establecido en la Real Orden de 10 de diciembre de 1857, que aprobó el uniforme y los distintivos para los Ingenieros del Cuerpo de Montes, está constituido por marco real y zapapico, cruzados y enlazados, contorneados por dos ramas, una de encina y otra de laurel, atadas en la parte inferior y abiertas en la superior, timbrado todo de una corona real colocada al aire. Los elementos, todos de oro, se han nombrado de izquierda a derecha.
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eli/es/rd/2017/02/10/71#art-2

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