Art. 2

En vigor desde 9 jul 2017
La adquisición de la maquinaria susceptible de subvención, así como, en los supuestos exigibles de acuerdo con este real decreto, la entrega de la maquinaria obsoleta en un centro autorizado, dando fin a su vida útil, deberá haberse producido en el plazo establecido en la convocatoria de subvenciones correspondiente.
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eli/es/rd/2017/07/07/704#art-2

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