Capítulo CAPÍTULO I
Art. 2
En vigor desde 11 ene 2020
A los efectos previstos en este real decreto, las definiciones, palabras, expresiones y términos se entenderán en el sentido indicado en el glosario de términos incluido en el anexo I.
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Proeli/es/rd/2019/11/29/702#art-2