Art. 2
Capítulo CAPÍTULO I

Art. 2

2 / 54
En vigor desde 11 ene 2020
A los efectos previstos en este real decreto, las definiciones, palabras, expresiones y términos se entenderán en el sentido indicado en el glosario de términos incluido en el anexo I.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2019/11/29/702#art-2