Art. 1

En vigor desde 1 jul 2018
1. Se declara la zona marina «Corredor de migración de cetáceos del Mediterráneo» como Área Marina Protegida (AMP), de acuerdo con lo establecido en el artículo 33, de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, y en el artículo 27.1, de la Ley 41/2010, de 29 de diciembre, de protección del medio marino, así como en aplicación del artículo II, punto 3, apartado c) del Acuerdo sobre la Conservación de los cetáceos en el Mar Negro, el Mar Mediterráneo y la Zona Atlántica Contigua (Acuerdo ACCOBAMS) y del artículo 3 del anexo 2 del citado Acuerdo. 2. La zona ocupa una superficie estimada de 46.385,70 km 2 , según el Sistema de Referencia Terrestre Europeo (ETRS89), Proyección UTM, Huso 31; la cartografía de esta área declarada como AMP figura en el anexo. 3. La zona comprende la totalidad del espacio marino, incluidas las aguas en las que está integrado, el lecho, el subsuelo y los recursos naturales existentes dentro de los límites establecidos por las siguientes coordenadas geográficas: Coordenadas de los vértices del espacio marino propuesto: ID Longitud (ETRS-89) Latitud (ETRS-89) 1 003° 39’ 02,002» E 42° 18’ 57,294» N 2 003° 39’ 02,026» E 41° 54’ 15,252» N 3 003° 30’ 32,060» E 41° 37’ 36,567» N 4 003° 15’ 18,370» E 41° 23’ 05,374» N 5 001° 34’ 43,766» E 40° 42’ 21,785» N 6 000° 33’ 27,757» E 40° 00’ 55,698» N 7 000° 20’ 21,559» E 39° 30’ 07,070» N 8 000° 20’ 21,559» E 38° 49’ 44,729» N 9 000° 30’ 05,254» E 38° 39’ 59,379» N 10 000° 47’ 59,476» E 38° 39’ 59,379» N 11 001° 00’ 00,398» E 38° 50’ 03,331» N 12 001° 00’ 25,212» E 39° 19’ 01,812» N 13 001° 40’ 02,495» E 39° 28’ 42,075» N 14 002° 16’ 09,853» E 39° 51’ 21,986» N 15 004° 04’ 31,926» E 40° 34’ 13,067» N 16 004° 33’ 24,766» E 41° 06’ 51,050» N
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eli/es/rd/2018/06/29/699#art-1

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