Art. 10

En vigor desde 30 jun 2010
En caso de incumplimiento de lo previsto en este real decreto será de aplicación el régimen de infracciones y sanciones previsto en la Ley 32 /2007, de 7 de noviembre, de normas básicas sobre explotación, transporte, experimentación y sacrificio para el cuidado de los animales.
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eli/es/rd/2010/05/20/692#art-10

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