Art. Disposición final octava

En vigor desde 22 jul 2020
El presente real decreto entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2020/07/21/689#disposicion-final-octava

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil