Art. 13
En vigor desde 20 jun 2010
El incumplimiento de las obligaciones reguladas en este real decreto constituye infracción administrativa en el ámbito de la marina civil, siendo clasificadas, según su gravedad, conforme a los artículos 114, 115 y 116 de la Ley 27/1992 y sancionado conforme lo establecido en el capítulo IV del título IX de la citada ley. Asimismo será de aplicación la regulación contenida en los correspondientes reglamentos sobre procedimiento sancionador, desarrollados tanto en el Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora como en el anexo II del Real Decreto 1772/1994, de 5 de agosto, por el que de se adecuan los procedimientos administrativos en materia de transportes terrestres, aviación civil y marina mercante a la Ley 30/1992.
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Proeli/es/rd/2010/05/20/685#art-13