Capítulo CAPÍTULO I

Art. 1

En vigor desde 3 oct 2013
El objeto del presente real decreto es el establecimiento del título de Técnico Deportivo Superior en Atletismo, con carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, así como de sus correspondientes enseñanzas mínimas. Lo dispuesto en este real decreto sustituye a la regulación del título de Técnico Deportivo Superior en Atletismo contenido en el Real Decreto 254/2004, de 13 de febrero, por el que se establecen los títulos de Técnico Deportivo y Técnico Deportivo Superior en Atletismo, se aprueban las correspondientes enseñanzas comunes y se regulan las pruebas de acceso a estas enseñanzas. De conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, los elementos recogidos en el presente real decreto no constituyen una regulación del ejercicio de profesión titulada alguna.
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eli/es/rd/2013/09/06/668#art-1

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