Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 2.ª Ciclos formativos de Grado Básico

Art. 94

En vigor desde 23 jul 2023
La superación de los ámbitos y el proyecto incluidos en un ciclo de grado básico conducirá a la obtención del título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria. El alumnado recibirá, asimismo, el título de Técnico Básico en la especialidad correspondiente.
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