Título Instrucción técnica complementaria MIE APQ-1 «Almacenamiento de líquidos inflamables y combustibles en recipientes fijos»Capítulo CAPÍTULO V

Art. 31

En vigor desde 25 oct 2017
Los almacenamientos de superficie con capacidad global superior a: 20 m 3 para líquidos de la clase A, 50 m 3 para líquidos de la subclase B1, 100 m 3 para líquidos de la subclase B2 y 500 m 3 para líquidos de la clase C dispondrán de los siguientes equipos auxiliares: 1. En la proximidad de puestos de trabajo, como estaciones de carga y descarga, llenado y manejo de bidones y similares, se colocarán los siguientes equipos auxiliares: a) Una manta ignífuga. b) Una estación de agua para ducha y lavaojos. Y, con carácter opcional, los siguientes equipos de protección individual: c) Una máscara con filtro específico para los productos almacenados por cada operario del puesto. d) Equipo de respiración autónoma. 2. En los lugares accesibles y para uso en todo momento: a) Un equipo analizador de atmósfera explosiva para líquidos de la clase A y subclase B1. b) Sesenta metros de manguera, con empalmes adaptables a la red de incendios, con boquillas para chorro y pulverización.
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eli/es/rd/2017/06/23/656#art-31

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