Capítulo CAPÍTULO VI

Art. 18

En vigor desde 9 jul 2020
Las infracciones que se deriven del incumplimiento de lo dispuesto en este real decreto se sancionarán de conformidad con lo dispuesto en los artículos 45 a 56, ambos inclusive, de la Ley 22/2011, de 28 de julio.
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eli/es/rd/2020/07/07/646#art-18

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