Art. Disposición adicional segunda

En vigor desde 6 jun 2010
1. Las Administraciones educativas propiciarán planes de formación del profesorado, relativos al conocimiento de los principios, estructura, organización, nuevas metodologías y sistemas de evaluación e investigación correspondientes al Espacio Europeo de Educación Superior. 2. Asimismo las Administraciones educativas, a propuesta de los centros, fomentarán planes de formación del profesorado para la actualización y profundización de las disciplinas propias de la Conservación y Restauración de Bienes Culturales en sus diferentes ámbitos.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2010/05/14/635#disposicion-adicional-segunda

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil