Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición final quinta
En vigor desde 13 may 2007
El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado.
Redactada conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 116, de 15 de mayo de 2007. Ref. BOE-A-2007-9827 .
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Proeli/es/rd/2007/05/11/616#disposicion-final-quinta