Libro REGLAMENTO DE LOS PROCESOS SELECTIVOS Y DE FORMACIÓN EN EL CUERPO NACIONAL DE POLICIA›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 19
En vigor desde 28 nov 2015
Para poder concurrir a las pruebas de ascenso en la modalidad de concurso-oposición, los aspirantes, además de los requisitos establecidos en el artículo 15, deberán reunir el siguiente tiempo mínimo de servicios efectivos en la categoría inmediata inferior:
a) Para Oficial de Policía, dos años.
b) Para Subinspector e Inspector, tres años.
c) Para Inspector Jefe, diez años, excepto para quienes accedieron a la categoría de Inspector por el procedimiento de promoción interna, a los que se les exigirán cinco años.
d) Para Comisario, cinco años.
e) Para Comisario Principal, siete años.
Se añade la letra e) por el art. único.6 del Real Decreto 1069/2015, de 27 de noviembre. Ref. BOE-A-2015-12892 .
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1995/04/21/614#art-19