Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición final tercera
En vigor desde 1 ene 2027
Mediante este real decreto se incorpora al derecho español la Directiva 2003/17/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de marzo, por la que se modifica la Directiva 98/70/CE, relativa a la calidad de la gasolina y el gasóleo, y, por otra parte, la Directiva (UE) 2018/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables.
Téngase en cuenta que la actualización de esta disposición, establecida por la disposición final 4.5 del Real Decreto 611/2026, de 22 de julio. Ref. BOE-A-2026-16011#df-4 , entra en vigor el 1 de enero de 2027, según determina su disposición final 7. Redacción anterior: "Disposición adicional tercera. Incorporación de derecho de la Unión Europea. Mediante este real decreto se incorpora al derecho español la Directiva 2003/17/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de marzo, por la que se modifica la Directiva 98/70/CE, relativa a la calidad de la gasolina y el gasóleo, y, por otra parte, la Directiva 2003/30/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de mayo de 2003, relativa al fomento del uso de biocarburantes u otros combustibles renovables en el transporte."
Se modifica, con efectos desde el 1 de enero de 2027, por la disposición final 4.5 del Real Decreto 611/2026, de 22 de julio. Ref. BOE-A-2026-16011#df-4
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2006/01/31/61#disposicion-final-tercera