Capítulo CAPÍTULO I
Art. 1
En vigor desde 29 dic 2016
1. El presente real decreto establece las normas y requisitos para la concesión, mantenimiento y extinción de la licencia de uso de la marca «Reservas de la Biosfera Españolas».
2. El Organismo Autónomo Parques Nacionales, del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, es el titular de la marca «Reservas de la Biosfera Españolas», en virtud de su inscripción en la Oficina Española de Patentes y Marcas.
3. La licencia emitida en aplicación del presente reglamento de uso recibe el nombre de licencia del Organismo Autónomo Parques Nacionales de producto o servicio para el uso de la marca «Reservas de la Biosfera Españolas».
4. La licencia de uso se concederá a un producto o servicio determinado en la licencia, no constituyendo una certificación de los servicios que pudieran estar relacionados con el producto objeto de la certificación ni de los productos que pudieran estar relacionados con el servicio objeto de la certificación.
5. La marca «Reservas de la Biosfera Españolas» solo podrá asociarse a cualquier otro tipo de marca comercial en los términos previstos en el artículo 19.
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Proeli/es/rd/2016/12/05/599#art-1