Capítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 2.ª Reestructuración y reconversión de viñedos§ Subsección 2.ª Replantación de viñedos tras arranque obligatorio por motivos sanitarios o fitosanitarios por orden de la autoridad competente

Art. 42

En vigor desde 7 dic 2016
1. Los interesados que sean personas jurídicas, y quieran acogerse a esta ayuda deberán presentar la solicitud ante el órgano competente de la comunidad autónoma en la que esté situada la superficie arrancada de forma obligatoria por motivos sanitarios o fitosanitarios, de manera electrónica, en la forma dispuesta por la comunidad autónoma, directamente o a través de los registros y medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, con anterioridad al 1 de febrero de la campaña anterior a la que se pretenda ejecutar la replantación. Asimismo, y en aplicación de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 16.5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, los interesados personas físicas presentarán sus solicitudes en la misma forma prevista en el párrafo anterior. La solicitud deberá contener al menos la siguiente información: a) Descripción detallada de las acciones a realizar y plazo de ejecución. b) Superficie a replantar, indicando la localización y características de las parcelas, iniciales y finales (variedades, sistemas de formación, marco de plantación, etc.), con aportación de la identificación de los recintos SIGPAC de las parcelas. c) Documentación justificativa de haber arrancado dicha superficie por obligación de la autoridad competente debido a motivos sanitarios o fitosanitarios. d) Autorizaciones de plantación concedidas en virtud de los artículos 66 y 68 del Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre, a utilizar. e) Estudio de costes. 2. La superficie máxima por la que se solicita la ayuda no superará a la superficie que se arrancó de forma obligatoria por motivos sanitarios o fitosanitarios.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2016/12/05/597#art-42

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil